Consulta en línea por whatsapp Consulta en línea por Telegram Consulta en línea 56 9 673 400 76 Contacto Contacto Buscar Información sobre Consultoría Jurídica | Preguntas Frecuentes sobre las prestaciones jurídicas, forma de pago | Consulta Gratis


Abogado Arbitral

LA PARTICIÓN DE BIENES E INDIVISIBILIDAD
Comentarios, Artí­culos y Consultas Frecuentes

Preguntas sobre la partición arbitral

¿Qué es la partición?


La partición es un conjunto de actos destinados a terminar con el estado de individión de una comunidad, a fin de distribuir entre sus titualres el equivalente a la cuota correspondiente a cada cual, con los bienes particulares que comprende o el producto del ejercicio de su acción.


¿Cómo se hace la partición?


La partición de una comunidad, la puede realizar el testador en el testamento, las partes de común acuerdo o un juez partidor.


¿Qué ocurre si un comunero o heredero no quiere dividir la comunidad?


Si un comunero no quiere dividir la comunidad, es necesario que deduzca la acción de partición, para que sea nombrado el partidor o que notificado el designado por el testador o las partes, concurra o no a la aceptación del encargo.


¿Qué tipo de árbitro es un juez partidor?


El partidor es un árbitro de derecho.


¿Quién puede designar partidor?


Pueden designar al partidor las partes de común acuerdo, un tercero nombrado por las partes, el testador en el mismo acto testamentario o la justicia ordinaria.


¿Cuáles son las clases de indivisibilidad?


Existen indivisiones sobre universalidades jurídicas y sobre cosa singular; aquellas que nacen de un hecho, de un contrato y otras impuestas por el legislador; algunas temporales indeterminadas y determinadas y otras perpetuas.


¿Qué indivisiones nacen de un hecho?


Las indivisiones que nacen de un hecho son la hereditaria, la originada al disolverse la sociedad, la sociedad de hecho, la que nace del concubinato.


¿Qué es el pacto de indivisión?


El pacto de indivisión es aquel realizado por los indivisarios, obligándose a no partir o deducir la acción de partición durante un plazo no superior a 5 años.


¿Qué ocurre si se pacta indivisión por más de 5 años?


La doctrina es prácticamente unánime en señalar que el pacto es válido por el término legal e ineficaz por aquel que lo supere.


¿Quiénes deben ser autorizados judicialmente previo a pedir la partición?


Requieren de aprobación judicial para solicitar la partición los representantes legales, curadores y guardadores, la cónyuge y el cónyuge en ciertos casos.


¿Qué ocurre si el representante legal y representado tienen interés en la partición?


Si el representante y representado tienen interés en la partición ha de nombrarse un curador especial.


¿Puéde el testador tasar los bienes en la partición testamentaria?


Existe variada doctrina al respecto, Alessandri sostuvo que no es posible según el texto del artículo 1197 del Código Civil y porque no se pueden lesionar los derechos ajenos. Por otra parte Silva Bascuñan sostiene que si no pudiera tasar los bienes el partidor no habría lugar a la partición testamentaria, en los casos que es la Ley la que otorga la facultad de realizarla en vida expresamente.


¿Qué ocurre si la tasación realizada por el testador vulnera las legítimas y mejoras?


En estos casos correspondería reformar el testamento en todo lo que vulnere las legítimas y mejoras, por medio de la acción legal, o bien transigir en la oportunidad correspondiente.


¿Cuáles son los requisitos para que los interesados pacten la partición?


Los interesados para realizar el acto particional por si mismos han de concurrir todos de común acuerdo, no debiendo haber cuestiones previas que resolver y que la tasación se haga por peritos, aprobándose por la justicia ordinaria de la misma forma en que procediera de efectuarse ante un partidor.


¿Debe aprobarse el nombramiento del partidor realizado de común acuerdo por los interesados?


El nombramiento del partidor debe ser aprobado por el juez en los casos que exista interesado que no tenga la libre administración de sus bienes.


¿Cómo se realiza la designación del partidor por la justicia ordinaria?


El interesado concurre al tribunal competente según las reglas generales, a fin que se cite a un comparendo a todos los interesados, para que sean estos quienes nombren a un partidor, y en caso que no exista acuerdo, sea el juez quien lo designe en subsidio.
Designado el partidor, ha de notificársele el nombramiento a fin que este acepte o no el encargo, en el primer caso preste juramento, para luego dictar una resolución citando a todos los interesados a un comparendo donde se regularán ciertas materias.


¿Qué competencia tiene el partidor?


El partidor tiene la competencia que las partes le han otorgado, extendiéndose solo a las personas que han pactado el compromiso, salvo el albacea y acreedores hereditarios o testamentarios. Cabe agregar a lo anterior, que el partidor solo puede conocer de aquellas materias que sirviendo de base a la partición no las ha sometido el legislador de modo expreso a la justicia ordinaria; tampoco puede determinar quienes son los indivisarios, sus cuotas, los bienes a partir, la exclusividad de derechos sobre dichos bienes y además no tiene imperio.






Asesoría Normativa Adlerhorst AbogadosCotizaciónGratis