La simulación de contratos consiste en la disconformidad consciente y querida por las partes, entre la voluntad real y la declarada, con la finalidad de perjudicar a terceros.
Las clases de simulación son: la absoluta, si se genera la apariencia de un contrato que no existe de ninguna forma y relativa si las partes celebran un contrato haciéndolo pasar por otro distinto ante terceros.
La voluntad que vale entre las partes es siempre la real, sin embargo respecto de terceros dependerá del interés en aprovechar la voluntad real o la declarada y de su buena o mala fe.
En efecto, los terceros perjudicados serán titulares, dentro de los plazos de prescripción, de la acción de indemnización de perjuicios.