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Abogado de Familia

PARTICIPACIÓN EN LOS GANANCIALES
Comentarios, Artí­culos y Consultas Frecuentes

Abogados de familia

¿En qué consiste el régimen de participación en los gananciales?


Señala el artículo 1792-2 que "En el régimen de participación en los gananciales los patrimonios del marido y de la mujer se mantienen separados y cada uno de los cónyuges administra, goza y dispone libremente de lo suyo.
Al finalizar la vigencia del régimen de bienes, se compensa el valor de los gananciales obtenidos por los cónyuges y éstos tienen derecho a participar por mitades en el excedente.


¿Qué son los gananciales y el patrimonio originario?


El artículo 1792-6 indica que "Se entiende por gananciales la diferencia de valor neto entre el patrimonio originario y el patrimonio final de cada cónyuge.
Se entiende por patrimonio originario de cada cónyuge el existente al momento de optar por el régimen que establece este Título y por su patrimonio final, el que exista al término de dicho régimen.
De esta forma el artículo 1792-8. señala que "Los bienes adquiridos durante la vigencia del régimen de participación en los gananciales se agregarán al activo del patrimonio originario, aunque lo hayan sido a título oneroso, cuando la causa o título de la adquisición sea anterior al inicio del régimen de bienes.


¿Qué es el patrimonio final?


Establece el Artículo 1792-14 que "El patrimonio final resultará de deducir del valor total de los bienes de que el cónyuge sea dueño al momento de terminar el régimen, el valor total de las obligaciones que tenga en esa misma fecha."


¿Cuándo se genera el crédito de participación en los gananciales?


Establece el Artículo 1792-20 que "El crédito de participación en los gananciales se originará al término del régimen.
Se prohíbe cualquier convención o contrato respecto de ese eventual crédito, así como su renuncia, antes del término del régimen de participación en los gananciales"
Por otro lado establece el artículo 1792-21 que "El crédito de participación en los gananciales es puro y simple y se pagará en dinero."



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