El fuero sindical consiste en la imposibilidad del empleador de poner término al contrato de trabajo, sin autorización judicial previa.
La autorización para poner término a la relación laboral sólo podrá otorgarse si la causal invocada es el vencimiento del plazo convenido para la duración del contrato o la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato o alguna de las causales previstas en el artículo 160 del Código del Trabajo.