FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS EXTRANJERAS EN CHILE
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FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS EXTRANJERAS EN CHILE

FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS EXTRANJERAS EN CHILE

Comentarios, Artículos y Consultas Frecuentes

¿Cómo puede funcionar una sociedad o empresa extranjera en Chile?

Una sociedad o compañía extranjera puede operar en Chile principalmente de tres formas: 1.- a través de su representante legal, 2.- constituyendo una sucursal, 3.- constituyendo una nueva sociedad.

¿Existe algún trámite esencial para funcionar en Chile?

Efectivamente, para funcionar en Chile, es necesario que designe un representante legal de la empresa con residencia en Chile, mandatario que será responsable de sus asuntos en territorio nacional. Sin perjuicio de lo anterior, también podrá ser iniciada la formación de la empresa por un representante societario extranjero con poder suficiente; no obstante, deberá designar de cualquier modo un representante legal en Chile para que la sociedad pueda funcionar.

¿Dónde puede Ud. designar su Representante Legal?

Si viene a Chile, puede designar personalmente un Representante Legal ante un Notario, por escritura pública y/o por escritura privada autorizada. Para ello deberá acreditar su identidad mediante pasaporte o documento de identidad del país de origen. Para designar Representante legal fuera de Chile o en su país de origen, debe hacerlo ante las autoridades o ministros de fe pertinentes de su país, debiendo ser legalizado el documento ante el Cónsul Chileno o las autoridades competentes si el país no contare con uno. Estos funcionarios autenticarán dicho documento y acreditarán las identidades de las personas que concurren a dicho acto por medio del pasaporte o documento de identidad del país de origen.

¿Qué requisitos debe cumplir la representación?

- Cumplimiento de formalidades de constitución. - Capacidad legal del representante para celebrar actos y contratos por cuenta de otro. - Residencia o domicilio en Chile del representante legal.

¿Cómo se legalizan los documentos?

Todos los documentos otorgados ante Notarios o Ministros de Fe extranjeros y autenticados ante el Cónsul de Chile en el país de otorgamiento deberán ser visados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile para que tengan validez.

¿Con qué debo contar para crear una sociedad por medio de mandatario en Chile?

- Copia auténtica y legalizada de los estatutos sociales. - Copia auténtica del instrumento donde consta la representación legal y las facultades de crear sociedades. - Las traducciones respectivas.

¿Qué cláusulas mínimas debe contener el mandato?

Es necesario que el poder o mandato contenga facultades para: inicio de actividades; obtención de RUT; gestiones y declaraciones ante el SII; para ser notificado por el SII; para constituir sociedad, de administración o para nombrar gerentes; y otras generales y especiales.

¿Qué es una agencia de negocios?

Son empresas destinadas a prestar apoyo a otros establecimientos en sus actividades mercantiles.

¿Dónde está regulada la agencia de negocios extranjera?

La agencia de negocios está regulada en los artículos 447 y siguientes del Código de Comercio, que establece los documentos que el agente o representante deberá protocolizar en una notaría del domicilio que ésta tendrá en Chile.

¿Cómo ingresa la inversión extranjera a Chile?

Existen dos regímenes de internación de capitales extranjeros en Chile, el primero se encuentra regulado y descrito en el Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internaciones del Banco Central y el otro contemplado en el DL 600. Esta última norma, obliga al inversionista a suscribir un contrato con el Estado llamado Contrato Ley, vinculante para ambas partes y que no puede ser modificado; sin embargo, el ingreso de capitales extranjeros a Chile de conformidad al DL 600 es voluntario, pues el inversionista extranjero siempre tendrá la opción de hacer la internación de capital al país, conforme a lo dispuesto en el Capítulo XIV del Banco Central.

¿Qué involucra el estatuto del Decreto Ley 600?

El Decreto Ley 600 dispone cierta garantía en favor de los inversionistas extranjeros, en el sentido de que lo pactado entre este y el Estado no será alterado con posterioridad, pudiendo acordar cierto régimen de invariabilidad tributaria y otorgando acceso a los mercados y sectores económicos nacionales sin distinción entre inversión nacional y extranjera.

¿Cómo se celebra el contrato Ley del DL 600?

Este contrato se celebra por escritura pública, suscrita entre el inversionista y el Estado, representado por el Presidente del Comité de Inversiones Extranjeras cuando la autorización requiera acuerdo del comité, o el Vicepresidente ejecutivo en los demás casos.

¿Cómo ingresan los capitales según el Capítulo XIV del Banco Central?

El ingreso de capitales externos se realiza previa autorización del Banco Central de Chile, el que puede autorizar la internación de capitales y créditos del exterior que serán convertidos a moneda nacional en el mercado cambiario formal.

¿Qué es el Comité de Inversiones Extranjeras?

Es el órgano que autoriza el ingreso de capitales extranjeros en representación del Estado de Chile, así como las disposiciones y términos de los respectivos contratos.


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